Seguridad privada: claves para un reglamento que funcione en 2026.

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Reglamento de seguridad privada de 2014.

Poscast: Seguridad privada, claves para un reglamento que funcione en 2026

En España, la seguridad privada se ha consolidado como un pilar esencial en la protección de bancos, joyerías y casinos. Sin embargo, cuando hablamos de viviendas y edificios residenciales, su compromiso ha sido claramente deficiente. Se ha ignorado que, en el hogar, el verdadero riesgo no es solo patrimonial: es el profundo daño emocional que provoca ser víctima de una intrusión, con o sin robo u ocupación. También se ha pasado por alto que la vida moderna concentra en las casas una gran cantidad de activos atractivos para los delincuentes, desde dispositivos tecnológicos hasta objetos de valor personal y dinero en efectivo.

  • Un ejemplo muy claro es el incremento de la tasa de criminalidad, por encima de la media nacional del 51,3 por cada mil habitantes, en ciudades como Barcelona, Madrid, Málaga, Mallorca, Pamplona, San Sebastián y Valencia, en parte debido a que miles de viviendas apenas cuentan con un sistema de alarma-cámara de bajo nivel (grado 2) inalámbrico y guardan en su interior activos muy atractivos para los delincuentes.

Reglamento obsoleto, seguridad incompleta: Ley de Seguridad Privada de 2014.

El marco vigente, anclado en la Ley de Seguridad Privada de 2014, no responde a los desafíos actuales ni a la realidad delictiva del siglo XXI. En este artículo proponemos nuevos criterios clave para un reglamento eficaz en 2026: una seguridad privada moderna, responsable y que, por fin, tenga en cuenta también a los ciudadanos.

¿Por qué el reglamento actual no sirve?

“Un reglamento que ignora a los delincuentes profesionales no protege a nadie, solo protege el negocio de la inseguridad.”

Mientras los delincuentes perfeccionan sus métodos, el reglamento de seguridad privada sigue anclado en un escenario del pasado. De ahí la urgencia (casi emergencia) de una actualización que mire a 2026 y no a 2014, para que la seguridad deje de ser un negocio de falsas garantías y se convierta en un verdadero escudo para la ciudadanía.

Sin entrar en todo su articulado, basta con señalar algunos vacíos que lo convierten en un reglamento de baja utilidad:

  • Fomenta inversiones ineficaces. Para viviendas, el reglamento recomienda sistemas de alarma UNE 50131 en grado 2, un nivel definido por el propio texto legal como apto solo para riesgos bajos-medios y ataques de delincuentes poco experimentados. En otras palabras: el propio reglamento ignora a los delincuentes profesionales y a las bandas organizadas que operan en España. Las empresas cumplen la norma, sí, pero una norma obsoleta.
  • Reduce la eficacia de la intervención policial. No obliga a incorporar medidas de resistencia física que retrasen la intrusión mientras la alarma avisa y la policía llega. La consecuencia es evidente: la policía suele llegar cuando el robo ya se ha consumado.
    Aquí me permito recordar las estadísticas del propio Ministerio del Interior que indica una tasa de esclarecimientos de entre el 15% y el 19%, lo que significa que más del 80% de los robos denunciados quedan sin resolverse.
  • Deja a los ciudadanos sin garantías. No exige la entrega de un certificado de instalación y puesta en servicio que acredite el nivel real de protección alcanzado (con datos verificables y auditables). Así, el consumidor cree haber comprado seguridad, pero en realidad queda sin respaldo técnico ni legal para reclamar.
“Hoy las alarmas cumplen la ley, pero no cumplen su función: los robos siguen y el ciudadano queda indefenso.”

Claves para un reglamento eficaz en seguridad privada

España necesita con urgencia un nuevo reglamento que mire hacia 2026 y no nos condene a seguir anclados en 2014. La seguridad privada no puede seguir siendo un negocio de falsas garantías: debe convertirse en un servicio sólido, transparente y realmente útil para la ciudadanía.

Nuestra aportación para mejorar la eficacia y transparencia:

  1. Análisis de riesgos integral en función del valor del contenido. Evaluar entorno, actividad, características particulares de la vivienda y tiempo estimado de intervención policial, para definir medidas técnicas adecuadas que integren capacidad de resistencia física, capacidad de detección y capacidad de detectar sabotajes en las comunicaciones.
  2. Resistencia física obligatoria. Exigir que puertas, ventanas y demás infraestructuras cuenten con resistencia física certificada en su nivel necesario. La defensa no puede seguir dependiendo únicamente de sistemas electrónicos.
  3. Formación práctica al usuario. Establecer una formación mínima obligatoria que las empresas de seguridad deben impartir para garantizar un uso correcto y efectivo de los sistemas instalados. Con una declaración firmada de formación impartida.
  4. Gestión de falsas alarmas. Autorizar a las Centrales Receptoras de Alarmas (C.R.A.) a desconectar temporalmente a los usuarios que generen un exceso de falsas alarmas, tras su formación y un proceso de advertencias. Así se reduce la utilización caprichosa de recursos públicos (avisos a policías) y se concentra la calidad del servicio en aquellos ciudadanos que así lo necesitan.
  5. Periodo de pruebas obligatorio. Implementar un periodo de entre 8 y 12 semanas antes de emitir garantías o conectar el sistema a una C.R.A., permitiendo detectar y corregir fallos técnicos y operativos desde el inicio del servicio.
  6. Responsabilidad compartida. Obligar a las CRA a certificar la idoneidad de los sistemas antes de conectarlos a su red, asegurando que cumplen estándares mínimos de efectividad. Para ello es necesario hacer obligatoria una certificación final basada en el rendimiento real durante el periodo de pruebas, como requisito indispensable para la conexión definitiva.
  7. Cualificación profesional. Requerir certificaciones regladas o privadas para quienes diseñan, asesoran e instalan sistemas de seguridad.
  8. Certificado de nivel de protección. Aplicar los 5 niveles de protección de vivienda ya conocidos en varias normativas de prevención del delito y establecer la obligación de entregar al usuario un certificado que refleje el nivel real de seguridad alcanzado.

Conclusión para un reglamento que funcione en 2026

Cuando las instituciones o la normativa no están a la altura, es la ciudadanía quien paga las consecuencias.

La sensación de indefensión no es nueva en España. La vivimos con la pandemia de la COVID-19, con la DANA en Valencia o con los incendios de 2025: situaciones en las que los ciudadanos se encontraron sin protección suficiente ante un riesgo evidente. En el ámbito de la seguridad residencial ocurre lo mismo: un reglamento obsoleto deja a las familias desarmadas frente a la delincuencia organizada.

En Genoma del Robo apostamos por esta transformación a través de la profesionalización y certificación, para que la seguridad residencial sea una realidad tangible y sostenible. Si quieres conocer más sobre cómo la seguridad cuidadora puede proteger tu hogar, contacta con nuestros profesionales acreditados.

La seguridad no es un gasto, es una inversión en bienestar y tranquilidad.

David Castro
ND Seguridad

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Empresa acreditada Genoma del Robo

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